CONVENIOS COLECTIVOS DE ASTURIAS
El presente Convenio tiene por objeto la regulación de las materias que en el mismo se contienen. En lo demás continuará siendo de aplicación en las relaciones laborales entre Notarios y los Empleados del ámbito a que se contrae, el Reglamento de Organización y Régimen de trabajo de los Empleados de Notarias, aprobado por Decreto del Ministerio de Justicia de 21 de agosto de 1.956, en su última redacción vigente, en todo aquello que no se oponga expresamente al Estatuto de los Trabajadores o a la legislación laboral aplicable de carácter imperativo.
Año 2008

El III Convenio para todo el año 2008.
Año 2007

Con el II Convenio queda regulada una base fuerte, además deja abierta la negociación para avanzar en nuevas mejoras.
CONVENIOS COLECTIVOS DE ASTURIAS
Los acuerdos que se consignan en el presente texto serán de necesaria observancia por los Notarios del Ilustre Colegio de Oviedo, la Junta Directiva de dicho Colegio y sus empleados respectivos, inscritos en el Registro General de Empleados de Notarías.
Publicado en BOE 23-2-07

Regula las relaciones de trabajo entre los Notarios pertenecientes al Colegio Notarial de Madrid y sus empleados, sin perjuicio de las normas estatales que le sean de aplicación.
Convenios Colectivos de Asturias
Los acuerdos que se consignan en el presente texto serán de necesaria observancia por los Notarios del Ilustre Colegio de Oviedo, la Junta Directiva de dicho Colegio y sus empleados respectivos, inscritos en el Registro General de Empleados de Notarías.
Años 2005-2006 - Texto firmado el 6 de junio

"...podemos valorar que este primer convenio regula una base lo suficiente sólida, y que abre nuevas expectativas de negociación como para avanzar en nuevas mejoras."
introducción al Convenio - pág.3
El presente convenio regula las relaciones laborales entre los notarios del Ilustre Colegio de A Coruña y sus empleados respectivos. Se entiende por empleado de notaría la persona que a la firma del presente preste sus servicios a un notario, se halle en situación de cesantía o excedencia, o llegue a prestárselos en el futuro, siempre que sea contratado en régimen de dependencia y bajo su dirección, con objeto de ayudarle en el ejercicio de su profesión o actividad notarial.
Años 2003 y 2004
El presente Convenio Colectivo regula las relaciones de trabajo entre los Notarios pertenecientes al Colegio Notarial de Zaragoza y sus empleados y su vigencia es de dos años a partir del 1 de enero de 2003.
Incluye provincias de León, Palencia, Salamanca, Valladolid y Zamora.
Las presentes normas acordadas serán de aplicación en todo el territorio del ilustre Colegio Notarial de Valladolid, que comprende las provincias de León, Palencia, Salamanca, Valladolid y Zamora.